Impago de pensión de alimentos - Teresa Domínguez Abogada

¿Qué hacer si tu expareja no paga la pensión de alimentos? Tienes dos opciones vía penal o la civil. La vía penal por un delito de abandono de familia, en base al artículo 227 de nuestro código Penal que dispone: El que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos a favor de sus hijos, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses. Será éste un juicio penal, que necesita previa denuncia a tu expareja, en el que de resultar condenado podría llevar aparejada una pena de prisión, además lógicamente de ser condenado al pago de alimentos. La otra opción es presentar una demanda civil, que tendrá que ser presentada ante el mismo órgano judicial que estableció la obligación de la pensión de alimentos. Ver más en mi página web https://teresadominguez.es/impago-de-...