Circulación por el Arcen

Oligatorio para: Los vehículos especiales de 3.500kg o menos. Los ciclos. Ciclomotores de 2, 3 ruedas y cuadriciclos ligeros. Peatones y Animales. Coches de minusválido. Los que circulen por emergencia, perturbando la circulación, hasta 3.500 kg.