Rueda de prensa Junta de Gobierno Local extraordinaria de 1 de julio de 2026
Málaga, 1 de julio de 2026.- La Junta de Gobierno Local aprobará hoy el inicio de la tramitación, por razones de interés general, de la modificación de la normativa del Plan General, en concreto la pormenorizada número 28, con el fin de limitar el uso de hospedaje como alternativo del uso residencial y el cambio de uso de local en planta baja a vivienda. De ello, ha informado hoy el alcalde de Málaga, Francisco de la Torre, junto a la portavoz del equipo de Gobierno, Elisa Pérez de Siles, y a la concejala delegada de Urbanismo. Carmen Casero. Así, con el objeto de blindar y potenciar el uso residencial sobre el turístico, se propone esta modificación de la normativa del Plan General, que se centra, por un lado, en limitar la implantación del uso de hospedaje como alternativo o compatible del uso residencial, y por otro, la limitación de los cambios de uso de comercial a residencial. Dicha medida será efectiva y entrará en vigor tras la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) del extracto de la aprobación inicial por parte del Pleno del Ayuntamiento. En este sentido, la Junta de Gobierno Local aprobará declarar que, desde la publicación en el BOP del acuerdo de aprobación inicial, y durante el plazo de tres años o hasta tanto se apruebe la modificación de elementos del PGOU en trámite, si se produce antes, se suspendan, según el régimen de suspensión previsto en el Anexo 1 de la propuesta de esta modificación del PGOU (las iniciadas tras la aprobación de esta medida), todas aquellas licencias y autorizaciones que no cumplan las determinaciones que propone esta Modificación del Plan General. Por tanto, la suspensión no se aplica a todos aquellos que hayan solicitado una licencia o tengan en tramitación una figura de planeamiento donde se especifique el uso de alojamiento turístico con fecha anterior a la publicación del acuerdo en el BOP de aprobación inicial por parte del Pleno. Así, esta nueva medida se enmarca en la tercera fase de las previstas por el Consistorio aprobada en agosto del pasado año y que consiste en la modificación de la normativa urbanística del Plan General para la regulación de los distintos usos turísticos y nuevos modos de uso residencial y avanzar en la calidad de los establecimientos turísticos de la ciudad. De forma paralela, cabe recordar que, tal y como preveía y posibilitaba el apartado 2 del artículo 6 del Decreto Ley 1/2025 andaluz, de 24 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda, desde la publicación en el BOP del acuerdo por el cual se iniciaba el procedimiento de elaboración de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana el pasado 22 de agosto, se procedió a la suspensión de las nuevas viviendas de uso turístico durante un periodo máximo de 3 años o hasta tanto se apruebe la modificación normativa propuesta si se produce antes. En concreto, se declaraba, ya que concurren razones imperiosas de interés general, que durante el período mencionado el uso residencial de una vivienda no habilita por sí mismo la posibilidad de destinarla a vivienda de alojamiento turístico, quedando suspendidas en todo el término municipal. También cabe recordar que, en una primera fase, en el mes de junio de 2024, el Ayuntamiento de Málaga, a través de una instrucción aclaró la prohibición de dar de alta nuevas viviendas turísticas que no tuvieran entrada y servicios independientes del resto del bloque. Por su parte, en una segunda fase, en vigor desde enero de 2025, se prohibió, en base a un estudio sobre el impacto de la vivienda turística elaborado por ESPACIO COMÚN COOP, la inscripción de nuevas viviendas de este tipo en 43 barrios de la ciudad donde éstas representaban más del 8% del total del parque residencial y estableció que en los otros 328 barrios solo podrían darse de alta aquellas viviendas turísticas que tuvieran entrada y servicios independientes.

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