DIPr NORMAS DE POLICÍA (Derecho internacional privado)

Las normas de policías son denominadas por el código civil y comercial en el artículo 2599 "normas internacionalmente imperativas" y consagran lo que la doctrina y la jurisprudencia, venían aplicando como una especie de orden público a priori, de interpretación restrictiva, que atraen en su tipo legal elementos extranjeros, lo someten al derecho material propio y exigen expresamente su ámbito de aplicación territorial.