Daño moral: nueva indemnización exigible por discriminación del empleador | CCJ con Oziel Guerrero
¿Puede un trabajador demandar una indemnización por daño moral en la vía laboral? Un Tribunal Colegiado acaba de decir que sí… Y esto cambia mucho para los empleadores. Este episodio analiza el Amparo Directo DT. 643/2024 del Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, resuelto el 20 de marzo de 2025 (versión pública del 4 de abril de 2025). Es la historia de una trabajadora del sector financiero–seguros que dedicó más de 20 años a la misma institución. Tras superar un cáncer de mama y reincorporarse, denunció acoso sexual por parte de un superior. La empresa respondió cambiándola de área, sin investigación ni medidas de protección. Su entorno laboral se volvió hostil hasta que, en noviembre de 2018, le comunicaron que estaba en “pre-retiro” por mal desempeño y le entregaron un finiquito con fecha retroactiva. Ella lo interpretó —y así lo planteó en juicio— como un despido injustificado en un contexto de vulnerabilidad, discriminación y presunta violencia de género. El Tribunal Colegiado corrigió varios errores del laudo y estableció un punto clave que cambia las reglas para los empleadores: el daño moral sí puede reclamarse y resolverse en la vía laboral, especialmente cuando existen indicios de acoso, discriminación, hostigamiento o violaciones a derechos fundamentales. El Colegiado sostuvo que la Junta debió: • juzgar con perspectiva de género e interseccionalidad, • recabar pruebas de oficio (arts. 782 y 841 LFT), • analizar el contexto completo de violencia, • y pronunciarse sobre reparación integral, incluyendo medidas de no repetición. 🎯 Ejes del episodio: daño moral en laboral, acoso sexual, discriminación, perspectiva de género, interseccionalidad, reparación integral, medidas disuasorias, NOM-035, Código Global de Conducta y obligaciones reforzadas del empleador. 📘 Criterio: Amparo Directo DT. 643/2024 – Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (20/mar/2025; versión pública 04/abr/2025). ⚖️ Tribunal: • Illiana Camarillo González (Ponente) • Mauricio Barajas Villa (Presidente) • Sandra Verónica Camacho Cárdenas 🗳️ Votación: Unanimidad (3–0) 📘 Tesis Aislada 2031407, publicada en el Semanario Judicial de la Federación el 31 de octubre de 2025, derivada del mismo criterio por considerarse relevante (art. 218, Ley de Amparo). 📩 Contacto: [email protected]

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